Política y ética.
La política como ciencia es independiente de la ética; como técnica, se encuentra relativamente determinada por la ética. Los fines políticos no pueden ser inmorales. Tampoco pueden serlo los medios.
La ética como ciencia de la moralidad comprende lo esencialmente valioso para el hombre. Se relaciona con lo justo y lo equitativo. No puede existir moralidad sin inteligencia, conocimiento y libertad.
Para Platón, la política se encuentra subordinada a la ética; Aristóteles diferencio el ámbito de la política y de la mora. Maquiavello proclamo la independencia de la política y la moral, llegando a subordinar la moral a la política.
La relación no es de subordinación ni de independencia. El adecuado punto de partida debe ser el reconocimiento de que la política, como acción humana, debe tener un contenido ético.
El problema moral de nuestro tiempo radica en la actitud del hombre frente al poder y la fuerza, en no someterse a la fuerza ni esperar todo del poder, en resistir a la fuerza y ponerse al poder, asumiendo su responsabilidad como persona humana.
Política y economía.
Existe un nexo funcional de reciproca interrelación entre política y economía.
El poder político reconoce y sanciona las formas de propiedad que constituyen y son la base de las relaciones económicas; esta subordinado a la economía. La economía no puede desenvolverse sin la seguridad jurídica, lo que la pone en conexión con la política.
El poder político condiciona la economía mediante:
Fijación de nuevas formas de propiedad.
Restricciones en ejercicio del poder de policía.
Planificando el proceso económico.
Análisis del fenómeno político.
Derecho político. Conceptualización.
El derecho político es el estudio de la estructura de la organización política y sus relaciones con la sociedad, el orden y la actividad política.
Su método es sociológico y político, además de jurídico.
El derecho político se presenta como un sistema de conceptos, cuya unidad resulta del enlace de una teoría de la sociedad, una teoría del estado, una teoría de la constitución y una teoría de los actos políticos.
Problemática de su objeto.
Denominase derecho al sistema de reglas sociales obligatorias, o al ordenamiento de la conducta humana mediante normas jurídicas.
Es un fenómeno social, obra del espíritu humano; representa y realiza el orden deseable y se encuentra jerarquizado, según un orden de prelación, siendo siempre expresión de una poética.
El poder no crea al derecho, pero puede formularlo y debe sancionarlo (aplicarlo).
El poder no es la regla, pero satisface la exigencia de sanción inherente a la regla jurídica. El derecho es un producto social y la realidad jurídica, vida normada.
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