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11 de abril de 2011

Las razones que dan razón de ser (fundamento) a la existencia del estado. Fines esenciales del estado.

Las razones que dan razón de ser (fundamento) a la existencia del estado. Fines esenciales del estado.

Justificación del Estado

Según lo explica Mario Justo López, con la expresión “justificación del Estado” se pretende explicitar las diferentes teorías que justifican la relación de mando y obediencia (relación política) existente entre los hombres que lo componen, tratando de responder, además, al interrogante de por qué unos hombres deben obedecer a otros. Para Bidart Campos, explicar cuáles son las razones que dan fundamento a la existencia del estado es dar cuenta de su causa eficiente, es decir, de cuál es el poder inmediato activo que lo produce y que desencadena su proceso de desarrollo. Ambas explicaciones apuntan a la misma cuestión y es así que para los dos autores consultados existen diferentes teorías que responden a este tema:

1- Teorías religiosas: Para estas doctrinas, unos hombres deben obedecer a otros porque es un mandato divino (Dios así la ha querido). En principio, todas la teorías religiosas concuerdan en esto, pero entre ellas existen variantes ideológicas:

a) Teorías pre-cristianas y no cristianas: sostienen el origen divino del gobernante, más que el del estado mismo. El gobernante es Dios o creación directa de la divinidad. Las leyes eran dictadas por la deidad y como tales debían ser obedecidas.

b) Teorías del derecho divino de los reyes: consideran al gobernante un elegido de Dios, quien lo inviste del poder. Con esta idea, se legitimaba el orden monárquico y sus derivaciones: derecho hereditario irrevocable, responsabilidad de los reyes sólo ante Dios, la no resistencia y obediencia pasiva como orden divina

c) Teoría del derecho divino natural: sostiene que el poder deriva de Dios, pero no es Dios quien determina a la persona para ejercer el poder. Destacamos al respecto dos posturas: la del jesuita español Francisco Suárez, para quien la potestad política que viene de Dios no radica en ningún hombre en particular, sino en la colectividad, que es quien transfiere el poder al gobernante o que podría retenerlo sin transferirlo ( democracia directa). La otra postura sostiene que el poder que posee el pueblo es el poder constituyente para organizar el estado, pero el poder que ese gobernante ejerce deriva de Dios.

2- Teorías de la fuerza: determinan el origen del estado en un acto de fuerza, consistente en la imposición y dominación de un grupo sobre otro. Tanto Mario J. López como Bidart Campos consideran a esta teoría como no satisfactoria, ya sea porque quedan sin responder varios interrogantes (por qué, para qué, qué se entiende por más fuerte) o porque, llegado el caso, aplicando una fuerza equivalente en contrario los sometidos o dominados llegarían a destruir el estado.

3- Teorías jurídicas: adoptan una institución o figura jurídica para dar razón del estado, encontrando su modelo en una figura del derecho privado (la familia, la herencia, el contrato). Jellineck las clasifica en :

a. Teoría patriarcal: considera al estado derivado del núcleo social original (la familia, el clan). El liderazgo es transmitido hereditariamente.

b. Teoría patrimonial: el titular de la tierra es, por derecho de propiedad, quien ejerce el poder político sobre ese territorio; posesión y poder coinciden. El estado se justifica porque su poder es poder de propiedad.

c. Teoría de la ocupación: se basa en la teoría romanista de que las cosas sin dueño pueden adquirirse por aprehensión. Si el poder se considera vacante en su origen, el modo de adquirirlo es ocupándolo.

d. Teoría de la prescripción: la posesión y ejercicio del poder durante cierto tiempo justifican el título de gobernante. (Nota: Esta teoría, junto con la apuntada en el punto anterior, justifican la posesión del poder y no al estado).

e. Teoría contractual: el estado existe porque los hombres le han dado origen a través de un acto voluntario de tipo contractual; este contrato legitima al estado.

f. Teoría del consentimiento: Esta teoría considera que es indispensable el consentimiento expreso o tácito del pueblo para que se sostenga una autoridad concreta en el ejercicio del poder. Sin este consentimiento, no existiría causa que justifique la existencia del estado.

4- Teorías ético-finalistas: En este punto, cabe distinguir las doctrinas ético-finalistas de las meramente finalistas. Las primeras justifican el poder del estado en razón de determinados “fines-últimos”: es dentro de un ámbito como el estado donde los seres humanos pueden perfeccionarse como personas. Para las teorías finalistas el fin es mediato: creación, consolidación y conservación del agregado humano.

5- Teorías psicológicas: Basan sus postulados sobre la idea de que en los hombres existe una tendencia natural a establecer relaciones políticas y una sociabilidad de carácter espontánea que los lleva a agruparse. Sin embargo, esta teoría no explica las razones de por qué los hombres establecen relaciones de mando y obediencia, por qué se dejan dominar. Esta teoría, por lo tanto, explica la existencia de la sociedad, pero no la del Estado.

6- Teorías que justifican al Estado por su sola existencia: Estas teorías consideran que al ser el Estado un fenómeno que ha existido siempre en una continuidad histórica; no se cuestionan su existencia, simplemente aducen que “lo que es, debe ser”, y esto es razón suficiente para su legitimidad.

7- Teorías negatorias: Hasta aquí hemos expuesto las teorías que justifican la existencia del estado o de la “relación política”. Existen, en contraposición, teorías que niegan tal justificación y sostienen que éstas carecen de fundamentos sólidos que le den su razón de ser. Las teorías que adoptan esta postura son la anarquista (en sus diferentes tendencias) y la marxista. Para el anarquismo, el estado es un “mal” que no debería existir. Rechaza todo tipo de coacción y trata de impedir la intervención del estado en la vida de los hombres. El marxismo sostiene que el estado oprime y explota a las clases sociales que son débiles económicamente; por lo tanto, niega su justificación y tiende a su abolición.

Fines del Estado

Antes de desarrollar el tema, consideramos conveniente aclarar qué entendemos por” fines del estado”, a efectos de no confundirlos con los fines atribuidos a los integrantes de la comunidad política, los cuales son subjetivos y contingentes. En este trabajo nos referiremos a “fines del estado” como el concepto que alude a los fines propios, objetivos y necesarios del estado, es decir a aquellos que tienden a proporcionar las condiciones adecuadas para que pueda existir y subsistir la necesaria convivencia humana: el bien común.

Previo a definir el término bien común, explicaremos brevemente los conceptos utilizados precedentemente, a fin de lograr claridad en la exposición.

· Fines subjetivos: son los que cada estado se fija, elige y atribuye; son concretos y específicos.

· Fines contingentes (o relativos): son aquellos que se adaptan a las circunstancias y necesidades históricas.

· Fines objetivos y necesarios: Son aquellos que el orden o derecho natural establecen como debido, asignados al estado por su propia naturaleza y que responden a su razón de ser. De seguirlos, el estado se perfecciona; caso contrario se deteriora.

· Fines propios o particulares: Son aquellos que cada estado en particular se fija en un momento histórico determinado. Se contraponen a los fines universales, aquellos que deben alcanzar todos los estados.

· Agregamos a estas definiciones los fines exclusivos y los concurrentes: los exclusivos le incumben sólo al estado y los concurrentes admiten la participación de los individuos.

El fin como bien común

Acertadamente explica Mario Justo López que no debe entenderse por bien común al bien común de todos sino “al conjunto de condiciones apropiadas para que todos (grupos intermedios y personas individuales, alcancen su bien particular”. Definido de esta manera, no se presenta contradicción alguna entre el bien común y los bienes particulares y parciales.

Con respecto a cuáles son los contenidos concretos (generales y no de un determinado estado) que comprende el “bien común”, hay dos criterios: para los que siguen la concepción aristotélica- tomista los contenidos específicos son el orden, la justicia, el bienestar y la paz externa. Actualmente se insiste en considerar como “bien común”, además de los expuestos, la protección de los derechos del hombre, debiendo el estado promover, respetar, defender y garantizar los derechos naturales y fundamentales de las personas.

Otra concepción sostiene que el orden y la justicia son los elementos permanentes y universales del bien común (aspecto formal del término), existiendo otros aspectos que son de carácter contingente y variable, afines a cada medio social y a los sistemas filosóficos que prevalecen en cada comunidad política (aspecto material del término).

Agregamos, finalmente, que el término “bien común” coincide con el valor justicia, es decir con aquello que le es debido a los hombres por ser justo. Si el fin del Estado es el “bien común público”, lo es no sólo porque el Estado existe para alcanzarlo sino porque es un bien de los hombres que lo forman.

Distintas posiciones acerca del fin del Estado

Debido a que existen diversas teorías y enfoques acerca del fin del estado, las exponemos brevemente agrupándolas en cuatro categorías:

1) El estatismo y el totalitarismo: proponen como fin del Estado el bien y la grandeza del propio Estado. El Estado interviene en todo, se introduce en todos los rincones de la sociedad y se infiltra en todas las actividades humanas. El hombre se convierte en una herramienta del Estado. No es el Estado para el hombre, sino el hombre para el Estado.

2) El liberalismo: limita el fin del Estado para la defensa de los derechos individuales, y existe para cuidar que esos derechos no sean violados. En el liberalismo hay un máximo de libertad y un mínimo de poder. El liberalismo tiende al individualismo que niega la función social de la persona humana y de sus derechos.

3) El socialismo: es, en primer lugar, una doctrina económica y, solo secundariamente, política. Reacciona contra el individualismo liberal y pone énfasis en la primacía de lo social. Aspira a una justicia social con control del orden económico por parte del Estado, tendiente a la desaparición de las clases sociales.

4) Las escuelas cristianas y el pensamiento pontificio: asumen la posición de Aristóteles y de la filosofía tomista del bien común. La intervención del Estado para promover y alcanzar el bien común estará en función de las necesidades concretasen cada circunstancia. En el centro del bien común se ubica la defensa de los derechos del hombre, que además exige orden, paz, justicia social, etc. El Estado debe estimular, ayudar, dirigir, conciliar, coordinar.

Bibliografía consultada:


Bidart Campos, Germán: Lecciones elementales de política, Ediar, Buenos Aires, 1999, 5ta. Edición.

López, Mario Justo: Manual de derecho político, Depalma, Buenos Aires, 1999, 2ª edición.


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